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Certificado de Defunción

El certificado de defunción es el documento que acredita el fallecimiento de una persona.

El certificado de defunción puede ser solicitado por cualquier ciudadano, salvo las excepciones previstas legalmente, que impiden que se dé publicidad sin una autorización especial que concederá el Juez encargado a quienes justifiquen un interés legítimo y una razón fundada para solicitarlo. Esta autorización alcanza a determinadas informaciones, tales como: la filiación adoptiva no matrimonial o causas que descubran tal carácter; las causas de nulidad, separación o divorcio; las de privación o suspensión de patria potestad, etc.

Dónde se expide
Se expide en el Registro Civil correspondiente a la localidad en la que está inscrita la defunción. En el caso de españoles fallecidos en el extranjero, el certificado de defunción se expide en los Registros Consulares correspondientes o en el Registro Civil Central.
Qué debe contener
En todas las certificaciones se hará constar:

  • el Registro en el que está realizada la inscripción: Si es un Registro Civil o un Juzgado de Paz, la localidad y la provincia y si se trata de un Registro Consular, la población y el Estado.
  • la identidad del fallecido, con las menciones que aparezcan en la inscripción.
  • los datos registrales de inscripción: tomo, página, etc.
  • la fecha de expedición de la certificación y el nombre y la firma de la persona encargada del Registro correspondiente, así como el sello de dicho Registro.
Tipos de certificado de defunción
Las certificaciones de defunción que se pueden solicitar en el Registro son de dos tipos:

  • Positivas: Acreditan la inscripción del fallecimiento y facilitan información relativa al mismo. Pueden ser de dos tipos:

En extracto: Es un informe elaborado por el Registro con la información del fallecimiento y puede ser:

Ordinario: expedido en lengua castellana para las comunidades autónomas en las que el castellano es la única lengua oficial.

Bilingüe: Expedido en castellano y en otra lengua oficial del Estado Español

Plurilingüe: Expedido en el idioma oficial de todos los países firmantes del Convenio de Viena de 8 de septiembre de 1976.

Literales: Es una copia completa de la inscripción de defunción que contiene todos los datos de la identidad de la persona fallecida y del hecho del fallecimiento.

  • Negativas: Acreditan que, con los datos aportados por el solicitante sobre un fallecimiento, la defunción no se encuentra inscrita en ese Registro.
Sin esperas ni desplazamientos
Seleccione la opción que se adapte a su solicitud y siga las instrucciones que irá viendo en pantalla.

En cuanto recibamos su pedido nos ponemos en marcha. Recibirá su certificado en el domicilio que nos indique y en el plazo indicado.